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Demanda contencioso-administrativa en España

En yabogados estudiamos y preparamos la demanda contencioso-administrativa frente a resoluciones, sanciones y demás actuaciones de la Administración pública. Si buscas un abogado contencioso-administrativo, necesitas presentar un recurso contencioso-administrativo o quieres valorar si puedes demandar a la Administración, podemos analizar tu caso.

Actuamos frente a ministerios, comunidades autónomas, cabildos, consejos insulares, diputaciones, ayuntamientos, universidades, servicios de salud, organismos reguladores y demás entidades del sector público, tanto en asuntos de particulares como de autónomos, empresas, profesionales y entidades.

Estudiamos la vía administrativa previa, la viabilidad de la demanda, los plazos, la competencia del órgano judicial, la prueba, la posibilidad de solicitar medidas cautelares y la estrategia procesal más adecuada en cada asunto.

¿Qué es una demanda contencioso-administrativa?

La demanda contencioso-administrativa es el escrito mediante el cual se impugna ante los tribunales una actuación administrativa contraria a Derecho. A través de esta vía judicial pueden recurrirse resoluciones administrativas, sanciones, denegaciones, silencios administrativos, inactividad de la Administración y actuaciones materiales constitutivas de vía de hecho.

No todos los asuntos llegan a la vía judicial del mismo modo. En algunos casos hay que agotar antes la vía administrativa; en otros, puede acudirse directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa. Por eso es importante revisar la resolución concreta, el órgano que la dicta y la normativa aplicable.

¿Qué asuntos pueden dar lugar a una demanda contencioso-administrativa?

En yabogados atendemos, entre otros, los siguientes asuntos contencioso-administrativos:

1. Sanciones administrativas

  • Demandas contra multas y expedientes sancionadores.
  • Sanciones de tráfico, seguridad ciudadana, urbanismo, medio ambiente, consumo, transportes o extranjería.
  • Impugnación de resoluciones sancionadoras y de sanciones accesorias.

2. Personal y función pública

  • Oposiciones y procesos selectivos.
  • Concursos, libre designación, adscripción provisional y provisión de puestos.
  • Expedientes disciplinarios, retribuciones, carrera profesional e incompatibilidades.

3. Extranjería y asilo

  • Denegaciones de residencia, trabajo, arraigo, reagrupación familiar o larga duración.
  • Expulsiones, devoluciones, prohibiciones de entrada y visados.
  • Denegaciones de asilo político y protección subsidiaria.

4. Urbanismo, licencias y actividad administrativa

  • Denegación de licencias urbanísticas o de actividad.
  • Órdenes de demolición, disciplina urbanística y restablecimiento de la legalidad.
  • Resoluciones sobre apertura de establecimientos, terrazas, horarios o autorizaciones administrativas.

5. Expropiación forzosa

  • Justiprecio.
  • Necesidad de ocupación y ocupación urgente.
  • Jurado Provincial de Expropiación, intereses, retasación y reversión.

6. Subvenciones, contratación pública y otras materias administrativas

  • Reintegro de subvenciones y ayudas públicas.
  • Resoluciones en contratación pública.
  • Responsabilidad patrimonial de la Administración.
  • Tributos, colegiación, medio ambiente, aguas, costas, energía, telecomunicaciones y demás ámbitos del Derecho administrativo.

7. Silencio administrativo, inactividad y vía de hecho

  • Falta de respuesta de la Administración dentro del plazo legal.
  • Inactividad administrativa cuando la Administración no cumple una obligación exigible.
  • Actuaciones materiales sin cobertura legal suficiente o realizadas al margen del procedimiento.

Plazo para interponer recurso contencioso-administrativo

El plazo depende del tipo de actuación administrativa. Con carácter general, frente a una resolución expresa que pone fin a la vía administrativa, el plazo suele ser de dos meses desde el día siguiente a su notificación. En caso de silencio administrativo, el plazo suele ser de seis meses desde que se entienda producido el acto presunto.

También existen reglas específicas en función de si previamente se ha interpuesto un recurso administrativo, si se trata de inactividad administrativa o si estamos ante un supuesto de vía de hecho. Por eso conviene estudiar el asunto cuanto antes.

¿Hace falta abogado para una demanda contencioso-administrativa?

La necesidad de abogado y procurador depende del tipo de procedimiento y del órgano judicial competente. En cualquier caso, incluso cuando el asunto parezca sencillo, una revisión técnica del expediente, de los plazos y de la estrategia procesal puede ser decisiva para la viabilidad del recurso.

Medidas cautelares en el procedimiento contencioso-administrativo

En determinados casos puede ser necesario solicitar medidas cautelares para suspender la ejecución de la resolución administrativa mientras se tramita el procedimiento judicial. Esto puede ser especialmente importante en sanciones, expulsiones, órdenes de demolición, ceses de personal, exclusiones de procesos selectivos, expropiaciones o ejecuciones administrativas que puedan causar perjuicios difíciles de reparar.

Abogado contencioso-administrativo para demandar a la Administración

En yabogados analizamos la resolución administrativa, el expediente y la normativa aplicable para valorar la viabilidad de la demanda. Estudiamos la competencia del órgano, la motivación del acto, los defectos de procedimiento, la prueba disponible, la existencia de silencio administrativo, la posible inactividad administrativa y la conveniencia de solicitar medidas cautelares.

Una buena preparación de la vía administrativa y de la demanda contencioso-administrativa puede ser determinante para defender correctamente tus derechos e intereses legítimos frente a la Administración.

Formulario de estudio de demanda contencioso-administrativa

Si quieres que estudiemos tu caso para presentar una demanda contencioso-administrativa, rellena el formulario con los datos principales del asunto.